How Law Protects Dignity

El profesor Jeremy Waldron (U- NY), publicó recientemente (How Law Protects Dignity). En este artículo Waldron señala que algunos han sugerido que la dignidad no sólo debe ser protegida como un derecho humano, pues la dignidad es en sí un terreno de los derechos, tal vez el terreno de los derechos.

Otros observan (con más escepticismo) que la "dignidad" es sólo una sonora palabra que usamos cuando estamos comprometidos en hablar de los derechos humanos, por lo que no es accidente que lo convierte todo en ley en esta área. En un artículo reciente, Christopher McCrudden señala que "la dignidad" funciona sobre todo como "un lugar titular por la ausencia de acuerdo en el discurso de los derechos humanos, cuando las personas quieren expresar sus necesidades, pero no están seguros qué decir.

Eso puede ser demasiado pesimista, pero sí nos alerta sobre el hecho de que la dignidad puede no necesariamente ser una idea de carga. Un término que es un fenómeno generalizado en peligro de trivialidad, y si estamos siguiendo la omnipresencia de la "dignidad" en la ley, debemos tener cuidado de que no sólo estamos en el camino de una grandilocuencia retórica.

Por supuesto, lo interesante, ahora, sobre el compromiso de la ley de la dignidad es que la promesa se materializa institucionalmente. Es allí, internamente o por sí, en el tejido de nuestra práctica y de las instituciones, pero también está presente en las reglas y normas que nos hemos comprometido explícitamente a (como en el Convenio de Ginebra o del artículo 7 del Pacto o, en Europa, el artículo 3 de la CEDH). Los dos tipos de compromiso se refuerzan mutuamente. Esto no es inusual en lo que respecta a los ideales jurídicos.

Hay un implícito compromiso con la dignidad de los tejidos y nervios de la ley en el carácter de su normatividad y en sus procedimientos, y hacemos bien en no vender este coto al pretender que la dignidad es un tipo de valor de lo tomas o lo dejas.
How Law Protects Dignity. Waldron

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