Retos de la Filosofía del Derecho y de los Derechos Humanos

Las realidades novedosas y complejas de finales del siglo XX y comienzos del XXI demandan de la Filosofía del Derecho un continuo debate. La discusión filosófica actual sobre el Derecho, sin dejar de lado los problemas clásicos de la disciplina, y habida cuenta de los cambios tan profundos que se han producido en ella en las últimas décadas, se va a ocupar de nuevos campos en los que se hace necesaria más que nunca la interdisciplinariedad y la especialización del filósofo del Derecho. Ello en razón a que la Filosofía del Derecho, no es ajena a los interrogantes planteados por los dilemas éticos que vienen provocando los novedosos y rápidos avances de la biomedicina, las consecuencias derivadas del multiculturalismo, así como las contribuciones y el impacto de las nuevas tecnologías y su regulación.

La crisis del positivismo jurídico y la consecuente apertura del debate filosófico-jurídico contemporáneo a la toma en consideración de los valores ético-políticos, constituye el punto de partida de la progresiva disolución, que no desaparición, de las escuelas y de las orientaciones consolidadas del iusnaturalismo, positivismo y realismo jurídico, así como la crítica al modelo lógico de razonamiento jurídico propio del viejo positivismo reveladora de la inadecuación y la insuficiencia de la metodología lógico-formalista, subrayándose la necesidad de elaborar nuevos instrumentos para indagar sobre la argumentación, de la práctica en general y de la jurídica en particular.

Con la supresión de la rígida distinción entre Derecho y Moral del positivismo jurídico hasta Hart, que abre una nueva vía hacia una Filosofía del Derecho normativa, que se ocupa de cuestiones con una destacada proyección política y moral, las fronteras de la Filosofía del Derecho actual se van ampliando: y “la clave de lectura para facilitar la comprensión de tan variado panorama del debate jurídico contemporáneo, a menudo tan fragmentario, variado y fluido, radica en la determinación de dos directrices de aproximación a la cuestión, que nacen de la crítica al modelo iuspositivista, que entró en crisis a finales de los años sesenta del pasado siglo, a saber: la apertura al mundo de los valores ético-políticos, y la apertura al mundo de los hechos”.

Efectivamente, a los grandes temas del debate iusfilosófico tradicional, tales como la justicia, o los derechos del hombre, se les unen planteamientos relativos a los dilemas éticos producidos a raíz de los novedosos y rápidos avances de la biomedicina, a las consecuencias derivadas del multiculturalismo, así como a las contribuciones y al impacto de las nuevas tecnologías y su regulación.

Los retos de la Filosofía del Derecho serían entonces:

- Reflexiones desde la Filosofía del Derecho en torno a la bioética: Ya que la filosofía no puede abstenerse respecto de cuestiones relativas a la ética de la especie en tanto que está en juego la autocomprensión ética de sujetos aptos para la acción. El desafío de la futura bioética consistiría, hoy más que nunca, en alcanzar una mínima noción de cómo utilizar el poder inesperado que nos ha deparado la gran cantidad de conocimientos científicos y tecnológicos de los que disponemos, y de la que actualmente parece que carecemos. El progreso y el desarrollo de las investigaciones científico-tecnológicas y de sus aplicaciones es, precisamente, la razón que explica la amplitud del ámbito temático de la bioética o “bioderecho”, término éste último mejor empleado como parte importante de la reflexión actual sobre las implicaciones jurídicas que plantean las investigaciones biomédicas, así como su proyección sobre la dignidad del hombre y los derechos humanos.

- El multiculturalismo como uno de los elementos centrales de la filosofía jurídica contemporánea. A la democracia contemporánea se le impone de este modo la necesidad de salvaguardar, manteniéndolos sin embargo diferenciados, dos niveles distintos de integración, en cuanto la convivencia jurídicamente equiparada de las diferentes formas de vida debe tutelar la integración intercultural de grupos y culturas dotados de una identidad propia, separándola de la integración política formal (que comprende de igual modo a todos los ciudadanos) y condicionando las identidades minoritarias a los principios constitucionales inmanentes a la cultura política y no a la forma de vida cultural mayoritaria.

- Las nuevas tecnologías y el Derecho. Fruto también de las rápidas y profundas transformaciones que viven nuestras sociedades actuales, es el de las nuevas tecnologías de la información, la informática y sus aplicaciones al Derecho, e Internet sobre todas ellas. Los estudios informático-jurídicos, representan una verdadera revolución para el conocimiento jurídico en el ámbito, por ejemplo, de los estudios de la lógica jurídica al permitir el desarrollo de lógicas jurídicas nuevas, y sin olvidar la interpretación más completa y eficaz de la normativa jurídica que nos presta la informática a través del procesamiento de la información jurídica.

Cuáles son los Retos de los Derechos Humanos?

En nuestros días, puede decirse que estamos viviendo dos procesos simultáneos en la consolidación de los derechos humanos: el proceso de internacionalización, que los desvincula del contexto del Estado-nación y pretende lograr un acuerdo universal en torno a ellos, y el proceso de especificación, con el que se aspira lograr la especial protección de grupos humanos específicos que se encuentran en una situación de inferioridad respecto a las mayorías (mujeres, niños, discapacitados…) y con el que, además, se pretende su incardinación en el discurso político local o infraestatal. Estos procesos padecen deficiencias e insuficiencias internas y, por si esto fuera poco, se mueven en direcciones distintas y hasta opuestas. Depurarlos y alcanzar un equilibrio entre ellos es el primer reto que se plantea al discurso de los derechos.
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La interconexión de todos estos retos a los que se enfrenta la Filosofía del Derecho contemporánea deriva, entre otros factores, tanto de su complejidad creciente como del necesario estudio interdisciplinar de los mismos en aras de evitar su simplificación. Pero, sobre todo, el punto de unión de todos ellos descansa sobre el compromiso que el filósofo del Derecho ha adquirido en el fomento de los derechos humanos, promocionado un debate social que ayude a construir una sociedad más solidaria, responsable y autónoma en sus decisiones, en la que sus ciudadanos como personas morales del common sense participen dinámicamente promoviendo legislaciones legítimas.

En este sentido, la tarea del ordenamiento jurídico y la de su argumentación podría consistir en recoger valores activos de la comunidad democrática donde podamos enjuiciar que existe un progreso y referente ético imprescindible, pues si en una sociedad pretendidamente pluralista la ciudadanía siente que no existe un referente ético, automáticamente hay que temer por la virtualidad práctica de los derechos humanos en la misma sociedad internacional.

En el orden global no existe más que desorden y los derechos humanos nos ofrecen precisamente un criterio para introducir armonía y justicia. En la lucha por su consolidación no ha habido un momento de sosiego y no es previsible que lo haya. Los desafíos son muchos y abordarlos no será fácil, pero resulta necesario ponerlela vista en todos aquellos que, aún sin saberlo, están comprometidos con este sueño y a que se sitúen, por fin, frente a la pesadilla.

Referencias: - María Eugenia Pérez Montero. Retos de la Filosofía del Derecho y de los Derechos Humanos a propósito de la obra de Carla Faralli. Anuario de Derechos Humanos. Nueva Época. Revista del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Complutense de Madrid. Vol. 10. 2009 (477-504). - María Eugenia Rodríguez Palop. Retos a los Derechos Humanos en el nuevo desorden global. Revista de Humanidades: Tecnológico de Monterrey. Vol. – año – págs: nº 15, Otoño 2003, pp. 267-283.

Comentarios

Juan Pablo Sterling Casas ha dicho que…
Muy buen escrito. Un abrazo.
anateresa ha dicho que…
Pues sí, esos son los retos que enfrenta no sólo la Filosofía del Derecho sino todas las demás ramas del quehacer jurídico.. un ejemplo: la competencia del juez ordinario vs. la competencia de la jurisdicción indígena (en mi país Ecuador) el juez ordinario debe cederla, pero y el interés de las partes? si uno de ellos (aunque fuera indígena) quiere permanecer bajo el amparo del juez ordinario? acaso no es ciudadano para poder elegir?
saludos cordiales